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Mala praxis médica en Colombia: diferencias entre negligencia, impericia e imprudencia

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La mala praxis médica en Colombia se aborda dentro de varias vías jurídicas: civil, penal, disciplinaria y, cuando corresponde, contencioso-administrativa. Desde el punto de vista jurídico, se trata de responsabilidades que derivan de una actuación del personal de salud o de la organización asistencial que incumple estándares profesionales y provoca un perjuicio al paciente. La identificación correcta del tipo de conducta (negligencia, impericia o imprudencia) y la selección de la vía procesal adecuada determinan el enfoque probatorio y las consecuencias jurídicas.

Conceptos básicos y diferencias jurídicas

En lenguaje jurídico colombiano, las tres categorías más relevantes para calificar una mala praxis son:

  • Negligencia: omisión o falta de la diligencia debida; no realizar una acción que debía haberse hecho o no vigilar adecuadamente al paciente.
  • Imprudencia: acción temeraria o realización de una conducta peligrosa sin las precauciones necesarias; ejecución inadecuada de una maniobra que conlleva un riesgo evitable.
  • Impericia: falta de competencia técnica o habilidad profesional para realizar un procedimiento o interpretar una situación clínica.

En la práctica las conductas pueden combinarse. Desde el punto de vista penal, muchas de estas conductas se encuadran en la culpa (conducta culposa) y sólo serán punibles si alcanzan la gravedad prevista por tipificaciones como lesiones culposas o homicidio culposo. En la esfera civil y administrativa se exige demostrar responsabilidad por daño.

Elementos comunes para atribuir responsabilidad

  • Deber u obligación: existencia de una relación profesional-paciente que impone deber de cuidado.
  • Incumplimiento: la conducta médica no se ajusta a la lex artis ad hoc, es decir, al estándar de práctica aceptado.
  • Daño: perjuicio efectivo (físico, moral, biológico o material) sufrido por el paciente.
  • Relación de causalidad: vínculo entre la acción u omisión y el daño.

Cuándo aplica cada vía procesal

La vía adecuada depende del sujeto responsable, la gravedad del hecho y el remedio buscado:

  • Vía civil (reparación de daños): procede contra profesionales o instituciones privadas y, en casos de responsabilidad contractual, por incumplimiento de la obligación de medios o resultados pactados. Busca indemnización por perjuicios materiales, biológicos y morales.
  • Vía contencioso-administrativa: aplica cuando la presunta mala praxis es atribuible a entidades públicas o trabajadores del Estado en la prestación de servicios de salud. La reparación se tramita ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
  • Vía penal: procede cuando la conducta encaja en tipos penales (por ejemplo, lesiones culposas o homicidio culposo). Requiere investigación fiscal y puede derivar en sanciones penales y medidas cautelares.
  • Vía disciplinaria: corresponde a las autoridades o entes que regulan la profesión y la conducta ética del personal sanitario; puede acarrear sanciones administrativas como suspensión o cancelación de la habilitación profesional.
  • Acciones de protección de derechos (tutela): cuando existe vulneración inmediata y grave de derechos fundamentales a la salud o a la vida, puede plantearse una acción de tutela como medida de urgencia para garantizar prestaciones o medidas médicas concretas.

Prueba y valoración: pruebas claves en casos de mala praxis

La carga de la prueba varía según la vía, pero en la práctica resultan determinantes:

  • Historia clínica y registros: el elemento probatorio primordial. Debe conservarse copia de la historia clínica, interconsultas, notas de enfermería, órdenes médicas y resultados de exámenes.
  • Consentimiento informado: documento que acredita que el paciente fue informado de riesgos y alternativas; su ausencia o defectos en la firma pueden reforzar la reclamación.
  • Peritajes médicos: informes periciales independientes (peritos) que evalúan la conducta y si hubo desviación del estándar.
  • Testimonios: declaraciones de personal que atendió al paciente, familiares o acompañantes.
  • Pruebas documentales adicionales: fotografías, vídeos, resultados de laboratorio, facturas de gastos médicos y autorizaciones.

Lex artis y estándar de cuidado

Los tribunales y autoridades valoran si la actuación se ajustó a la lex artis —las prácticas y protocolos aceptados en la disciplina— teniendo en cuenta la complejidad del caso, la especialidad médica y la disponibilidad tecnológica del centro. No puede imponerse un estándar imposible según recursos disponibles, por eso en controversias contra el Estado la capacidad técnica de la entidad pública es relevante para valorar la exigencia de medios.

Comparativa práctica: negligencia, impericia e imprudencia

Concepto Descripción Ejemplo típico Prueba clave
Negligencia Omisión de la diligencia esperada; falta de vigilancia o seguimiento. No realizar controles postoperatorios, omitir prescripciones básicas. Historia clínica, órdenes pendientes, testimonios de ausencias de atención.
Imprudencia Actuar sin las debidas precauciones ante un riesgo conocido. Realizar una maniobra invasiva sin monitoreo necesario. Protocolos clínicos, registros de monitoreo, peritaje sobre medidas preventivas.
Impericia Falta de habilidad o conocimientos técnicos para realizar el acto médico. Complicaciones por técnica quirúrgica inadecuada en procedimiento especializado. Currículum profesional, certificaciones, peritaje comparativo con la praxis de la especialidad.

Tipos de daños reclamables en Colombia

  • Daños materiales: gastos médicos, transporte, adaptaciones, pérdida de ingresos.
  • Daño biológico: alteración de la integridad corporal o psíquica que afecta la salud.
  • Daño moral: sufrimiento, angustia o pérdida de calidad de vida derivada de la lesión.
  • Perjuicios futuros: tratamientos requeridos a futuro, disminución de capacidad laboral.

La cuantificación requiere peritajes económicos y médicos; la legislación y la jurisprudencia colombianas reconocen estas categorías, y la valoración se realiza caso por caso.

Problemas frecuentes y cómo suelen abordarse

Entre las situaciones que más generan controversia en Colombia están:

  • Historia clínica incompleta o alterada: dificulta demostrar la conducta y es causa habitual de disputas. Recomendación práctica: solicitar copia completa de la historia clínica y, si se detectan anomalías, consignarlas al demandar o a la autoridad competente.
  • Consentimiento informado defectuoso: formularios genéricos, ausencia de explicación de riesgos específicos o falta de firma. Esto no siempre basta para imputar responsabilidad, pero debilita la defensa del profesional.
  • Errores de medicación: dosificación incorrecta o administración de fármacos contraindicados. Se trata de pruebas técnicas en las que la farmacología y el registro de administración son centrales.
  • Diagnóstico tardío o incorrecto: requiere peritaje para establecer si la interpretación fue razonable dadas las pruebas disponibles.
  • Complicaciones esperables vs negligencia: no toda complicación es mala praxis; debe probarse que la complicación se debió a una desviación imputable.

Pasos prácticos ante la sospecha de mala praxis

  • Preservar la documentación: solicitar y conservar copia de la historia clínica, exámenes, consentimiento y facturas.
  • Solicitar una segunda opinión médica: ayuda técnica para determinar si la actuación fue razonable.
  • Recopilar pruebas adicionales: fotografías, testigos, registros de comunicaciones y autorizaciones.
  • Evaluar la vía: dependiendo del responsable (privado o público), la gravedad y el objetivo (reparación patrimonial, sanción penal o disciplinaria, medidas de protección), elegir la acción más adecuada.
  • Solicitar peritaje: en la mayoría de los procesos civiles, administrativos o penales, el peritaje médico independiente es determinante para acreditar la desviación del estándar.
  • Considerar mecanismos alternos: en algunos casos la conciliación o acuerdos extrajudiciales con la institución o el profesional pueden resolver reclamaciones de manera más rápida y menos costosa.

Aspectos procesales y prescripciones (consideraciones generales)

Los plazos de prescripción y caducidad dependen de la vía elegida y del tipo de demandado (privado o Estado). No existe un único plazo aplicable a todos los casos y en algunos supuestos puede haber reglas especiales (por ejemplo, cuando se descubre el daño tiempo después). Debido a esa variabilidad, es recomendable consultar a un profesional para calcular los plazos aplicables y evitar la pérdida del derecho de acción.

En materia penal, la investigación la lidera la autoridad fiscal y puede iniciarse a partir de denuncia; en la vía disciplinaria existen procedimientos propios ante las instancias competentes que regulan la profesión. En los reclamos patrimoniales contra entidades públicas procede la jurisdicción contencioso-administrativa.

Valor probatorio de la historia clínica y deberes de las instituciones

La historia clínica tiene presunción de veracidad en cuanto a su contenido, pero puede ser controvertida mediante peritaje y prueba contraria. Las instituciones deben conservar y entregar la historia clínica; si se niega el acceso o se alteran registros, eso puede agravar la posición del profesional o de la institución ante tribunales o autoridades.

Riesgos y limitaciones prácticas

  • La medicina no garantiza resultados; la ausencia de resultado no siempre implica mala praxis.
  • La prueba pericial puede demorarse y las conclusiones pueden ser objeto de críticas técnicas por ambas partes.
  • Los procesos pueden ser largos y costosos; las alternativas de conciliación deben valorarse en cada caso.
  • Las decisiones judiciales suelen ponderar la gravedad del daño, la intencionalidad y la concurrencia de factores del paciente (comorbilidades, riesgos inherentes).

Recomendaciones prácticas inmediatas

  • Solicitar copia completa y sellada de la historia clínica cuanto antes.
  • Conservar cualquier documento, receta, imagen o factura relacionada con la atención.
  • Registrar nombre y cargo de los profesionales que intervinieron y recabar testigos si existen.
  • Evitar firmar documentos que limiten derechos sin asesoría.
  • Buscar asesoría jurídica especializada en salud para evaluar la vía más adecuada y los tiempos procesales.

Preguntas frecuentes (breves aclaraciones)

  • ¿Toda complicación médica es mala praxis? No. Es necesario demostrar que la complicación fue producto de una actuación desviada del estándar profesional y que existió culpa o negligencia atribuible.
  • ¿Qué papel juega el consentimiento informado? Es un elemento importante; su ausencia complica la defensa del profesional, pero por sí sola no siempre prueba causalidad con el daño.
  • ¿Se puede iniciar acción penal y civil simultáneamente? Sí, son vías independientes; la decisión estratégica depende del objetivo (sanción, reparación) y de la evidencia disponible.
  • ¿Qué sucede si la atención fue en una entidad pública? La reclamación patrimonial se dirige normalmente por la vía contencioso-administrativa contra la entidad responsable; los mecanismos y plazos pueden diferir de los del fuero civil.

Vídeo sobre Mala praxis médica en Colombia: diferencias entre negligencia, impericia e imprudencia

Autor

Camila Restrepo Camila Restrepo Camila Restrepo es redactora especializada en divulgación legal sobre Colombia. Desarrolla contenidos claros y fiables sobre cuestiones jurídicas habituales, con un enfoque práctico y cercano que ayuda al lector a orientarse mejor ante trámites, consultas y situaciones legales que suelen generar dudas.

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